¿Tienes dudas?
La Ley de la Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos cancelar sus deudas, incluidas parte de las contraídas con la Seguridad Social. Gracias a esta normativa, es posible renegociar o exonerar hasta el 70% de dichas deudas bajo ciertas condiciones. Es una vía legal para empezar de nuevo sin arrastrar cargas económicas insostenibles.
Solicitar informaciónLa Ley Segunda Oportunidad con Seguridad Social es la aplicación específica de la Ley 25/2015 a los casos en los que parte (o la totalidad) de las deudas provienen de impagos a la Seguridad Social.
El mecanismo general permite a personas físicas en situación de insolvencia actual o inminente, obtener la exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI), es decir, la cancelación de las deudas que no pueden pagar. Esto incluye, desde 2022, ciertas deudas con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, hasta ciertos límites y bajo condiciones específicas.
Con la reforma introducida por la Ley 16/2022, sí es posible exonerar parte de la deuda con Seguridad Social, lo que supuso un cambio histórico y muy esperado para muchos autónomos y profesionales.
La Ley Segunda Oportunidad con Seguridad Social está diseñada principalmente para:
Lo importante es que el deudor no actúe de forma fraudulenta ni dolosa. No es necesario haber cerrado el alta de autónomo para iniciar el procedimiento, aunque sí se tendrá en cuenta la buena fe durante todo el proceso.
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Nuestro equipo te ayuda a encontrar la mejor solución legal para tu caso. Al optar por la Ley de Segunda Oportunidad, no sólo eliges un camino hacia la eliminación de tus deudas, sino que también inviertes en un futuro más estable.
EMPIEZA DESDE CERO HOY MISMOPara que un juez permita aplicar la Ley Segunda Oportunidad con Seguridad Social, el solicitante debe cumplir los requisitos generales de la ley y otros específicos cuando hay deuda pública:
Buena fe del deudor:
No superar los límites legales de exoneración:
Además, será necesario colaborar en todo momento con el proceso judicial y administrativo, aportando documentación actualizada y veraz.
El proceso completo puede durar entre 6 y 12 meses, dependiendo de la carga del juzgado y de si el caso requiere o no un plan de pagos. En resumen:
En Law&ko agilizamos al máximo cada caso, y la mayoría de nuestros clientes obtiene la exoneración definitiva en menos de 9 meses.
Una duda muy frecuente es si la Ley Segunda Oportunidad con Seguridad Social afecta a terceros como avalistas, familiares o parejas.
En términos generales:
Desde Law&ko estudiamos cada caso familiar y patrimonial con lupa para evitar efectos colaterales.
Sí. Tras la reforma de 2022, ya no es obligatorio intentar un acuerdo extrajudicial de pagos (AEP) con acreedores, lo que facilita muchísimo el procedimiento. Esto aplica también a las deudas con Seguridad Social.
Ahora, el procedimiento puede iniciarse directamente ante el juzgado, y se puede optar por dos vías:
Esto es clave para personas con recursos muy limitados, ya que pueden conseguir la exoneración total y sin pagar más si cumplen los requisitos.
Si la negociación no es viable, trabajamos para que puedas acogerte al Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), permitiéndote empezar de nuevo sin el peso de tus deudas pasadas.
QUIERO SOLICITAR INFORMACIÓNEl mensaje final que queremos transmitirte desde Law&ko es claro: no estás solo y sí es posible empezar de nuevo, aunque tengas deudas con la Seguridad Social. La ley está pensada para dar una segunda oportunidad real a quienes cayeron en insolvencia sin mala fe.
Miles de personas ya han cancelado sus deudas. ¿Por qué no tú?
Desde Law&ko estudiamos tu caso sin compromiso. Solo necesitas tu DNI y tu certificado digital para saber si puedes beneficiarte.
La Ley de la Segunda Oportunidad ofrece a personas físicas y autónomos la posibilidad de liberarse de sus deudas, incluso de una parte significativa de las que tienen con la Seguridad Social. Esta herramienta legal permite reestructurar o condonar hasta el 70% de dichas obligaciones si se cumplen ciertos requisitos. Es una solución para quienes necesitan un nuevo comienzo financiero.
Solicitar más informaciónSe pueden cancelar hasta 10.000 € íntegros y, de forma parcial, hasta otros 10.000 € adicionales. El resto puede incluirse en un plan de pagos.
Sí. Aunque no hayas cesado tu actividad, puedes acogerte siempre que demuestres insolvencia real y buena fe.
Podrás exonerar hasta 15.000 € aproximadamente, y negociar el resto a través de un plan de pagos flexible y adaptado a tus posibilidades.
No necesariamente. Si el bien no es embargable o no supera el valor de la deuda, puedes conservarlo. Cada caso se analiza de forma individual.
DNI, certificado digital y documentación básica sobre tus deudas, ingresos y patrimonio. En Law&ko te ayudamos con todo.